Se trata de José Néstor González, quien quedó imputado por entorpecer el normal funcionamiento de las comunicaciones, aunque quedó en libertad porque Lijo considero que se trata de un delito excarcelable y no hay riesgo de fuga, informaron fuentes judiciales.
Según la resolución, una pericia de voz hecha a González un día después de ser detenido arrojó como resultados que el acusado comparte elementos con la voz registrada en las interferencias, tres en total, por sexo, edad y rasgos frecuenciales.
Además, un testigo de la causa -también radioaficionado- reconoció como de González la voz que quedó grabada el día de las interferencias.
González fue apresado a principios de diciembre en su casa, durante un allanamiento en el que se secuestraron equipos de comunicación, computadoras y armas.
El radioaficionado, de 60 años, estaba denunciado ante la Comisión Nacional de Comunicaciones antes de este incidente por reproducir canciones (entre ellas la marcha militar Avenida de las Camelias conforme se corroboró por declaraciones posteriores) e interferir diversas frecuencias de manera ilegítima.
El 11 de diciembre interfirió las comunicaciones entre la torre de control del Aeroparque y el helicóptero presidencial y dejó mensajes insultantes y amenazas.
En su casa de Monte Grande se encontraron además aparatos que le permitían acceder a frecuencias del SAME, Gendarmería, Aeropuertos, División custodia presidencial de la Policía Federal y Ministerio del Interior, entre otras.
El artículo 194 del Código Penal, por el que fue procesado, castiga con prisión de tres meses a dos años a quien sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire
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